 Por Decreto Supremo N° 006-2021-EF publicado el día de hoy en el diario oficial El Peruano, se dispuso autorizar el reajuste de pensiones del régimen del Decreto Ley Nº 20530 y autoriza Transferencia de Partidas.
En relación a ello, se dispone reajustar a partir de enero de 2021 las pensiones percibidas por los beneficiarios del régimen del Decreto Ley Nº 20530, que hayan cumplido sesenta y cinco (65) años o más de edad, al 31 de diciembre de 2020, cuyo valor anualizado no exceda el importe de veintiocho (28) Unidades Impositivas Tributarias.
El monto de dicho reajuste asciende a S/ 30,00 (TREINTA Y 00/100 SOLES) para los pensionistas que cumplan las condiciones mencionadas.
En ningún caso, el valor anualizado de las pensiones después de efectuado el reajuste, que se define como la suma de las pensiones reajustadas, pensiones adicionales, gratificaciones o aguinaldos, bonificación por escolaridad y cualquier otro concepto que sea puesto a disposición del pensionista en el año, puede superar el tope de veintiocho (28) Unidades Impositivas Tributarias anuales.
Asimismo, en caso de percibirse más de una pensión, el reajuste se hace sobre la pensión de mayor monto.
Finalmente, se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 66 189 240,00 (SESENTA Y SEIS MILLONES CIENTO OCHENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y 00/100 SOLES) a favor de los pliegos del Gobierno Nacional y de diversos Gobiernos Regionales, para financiar los gastos del reajuste de las pensiones con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas.
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